Taller con lideresas y dirigentes en Haquira


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El 21 de junio se realizó el Taller con Lideresas en el Auditorio Municipal del distrito de Haquira. Con el objetivo de fortalecer las capacidades de las lideresas y dirigentes en temas de violencia contra la mujer y rol del estado.

Logros obtenidos:

  • 13 lideresas y 1 lider sensibilizados sobre la violencia hacia la mujer
  • Conocen la ruta a seguir en el proceso de denuncia sobre casos de violencia
  • Identifican los roles y funciones de las instituciones que atienden casos de violencia

La actividad se realizó  en el marco del Proyecto: “Cotabambas- Apurímac- Perú: respuesta comunitaria desde las mujeres por sus derechos y contra la violencia”, ejecutado por el Movimiento Manuela Ramos en alianza con el CADEP José María Arguedas (Cusco) y auspiciado por el Fondo Ítalo Peruano.

Junio 2012

 

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Caso de violencia contra Regidora de provincia de Cotabambas, Ruth Coricasa: Alcalde Guido Ayerve se compromete a disculparse públicamente y a no volver a incurrir en actos de violencia contra la regidora


En la Audiencia judicial del 31 de mayo de 2012, el Alcalde Guido Ayerve Quispe de la Municipalidad Provincial de Cotabambas denunciado por las agresiones cometidas contra la Regidora de la misma provincia Ruth Paz Coricasa, se comprometió a presentar sus disculpas públicas por las agresiones cometidas contra la Regidora. En el Acta de la Audiencia se señala que las disculpas serán publicadas en el Diario Correo de Cusco, la que se difundirá en los medios radiales de la zona. Asimismo se comprometió a remitir cartas a las organizaciones de mujeres que expresaron su rechazo por los actos de agresión cometidos contra la regidora Paz, entre ellas el COREM (Consejo Regional de la Mujer de Apurímac), la RENAMA (Red Nacional de Mujeres Autoridades), ARERA (Red Regional Regidoras de la Región Apurímac) y la AREC (Asociación de Mujeres Regidoras de Cusco).

Del mismo modo, el Alcalde ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia se ha comprometido ano trabar la labor de la Regidora en la Municipalidad. También exhortará a los trabajadores de la Municipalidad para que cesen los comentarios malintencionados en torno a lo ocurrido. De otro lado el burgomaestrese comprometió a no realizar comentarios denigrantes o conjeturas contra las mujeres y particularmente contra la regidora; y, consta también en el Acta, el pago de S/. 2,000.00 (Dos Mil Nuevos Soles) por concepto de indemnización que deberá pagar el Alcalde a la Regidora, montó que Ruth entregará a la Parroquia de la provincia.

Finalmente en el Acta se señala también que en caso de incumplimiento y de persistir las agresiones por parte del Alcalde, se remitirán las copias del proceso al órgano penal para ser denunciado por delito de desobediencia a la autoridad.

El conjunto de compromisos que el Alcalde asumió ante un órgano judicial constituye una reivindicación de los derechos de la Regidora Ruth Paz, en el caso concreto, pero también es un logro en la lucha por los derechos de las mujeres autoridades. En nuestro país muchas mujeres que ejercen cargos públicos vienen siendo agredidas por sus pares, autoridades varones. Las situaciones de violencia que sufren no solo atentan contra la integridad física y psicológica de las autoridades y funcionarias, sino también afectan su derecho a la participación política.Por todo ello, es urgente que el Congreso de la República apruebe una Ley que sancione los actos de violencia contra las mujeres autoridades.

Desde las organizaciones de mujeres y particularmente desde el Movimiento Manuela Ramos,  estaremos vigilantes del cumplimiento de los compromisos asumidos por la máxima autoridad edil de la Municipalidad Provincial de Cotabambas y de los casos de violencia que ocurran contra otras mujeres autoridades.

Lima, 01 de junio de 2012

Con el ruego de su difusión.
Movimiento Manuela Ramos
Teléfono: 4233-8840 anexo 210 y 216

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Reunión con promotoras en Haquira


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El 21 de mayo se llevó a cabo la Reunión con Promotoras Comunitarias en el distrito de Haquira.

La actividad tuvo como objetivo recoger  la experiencia de vigilancia en el tema de violencia familiar, desarrolladas por las promotoras.

Logros obtenidos:

  1. 08 promotoras comunitarias motivadas para el ejercicio activo de su ciudadanía.
  2. Asumen actitudes de valoración sobre  el ejercicio de la ciudadanía y la vigilancia   desde las mujeres
  3. Se ha fortalecido la identidad como promotoras comunitarias   para asumir actitudes   que contribuyan en la prevención y erradicación de la violencia de género en coordinación con las autoridades locales  e instituciones
  4. Recolección de datos para la elaboración del sexto informe de vigilancia

La actividad se realizó  en el marco del Proyecto: “Cotabambas- Apurímac- Perú: respuesta comunitaria desde las mujeres por sus derechos y contra la violencia”, ejecutado por el Movimiento Manuela Ramos en alianza con el CADEP José María Arguedas (Cusco) y auspiciado por el Fondo Ítalo Peruano.

Mayo 2012

 

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La violencia familiar en las comunidades campesinas de Tambobamba: las Rondas campesinas capacitándose en la atención de la violencia


Por Jacqueline Valenzuela Jiménez

En nuestro país las leyes no establecen la atención de la violencia familiar que se produce en las comunidades campesinas. La Ley de Protección frente a la Violencia familiar establece una ruta de atención con instituciones que predominantemente se ubican en el ámbito urbano, como si solo en las ciudades acontecieran estos casos. En los distritos o pueblos donde existen Juzgados de Paz estos asumen la atención de los casos. Pero ¿Qué sucede en las comunidades más lejanas donde no están presentes los Jueces de Paz o alguna autoridad pública? En muchos lugares no existen instancias de atención en algunos, en otros como en la Provincia de Tambobamba, Apurímac son las Rondas Campesinas las que atienden y resuelven los problemas de violencia familiar.

En distintas regiones del país las Rondas cumplen un rol trascendental en la resolución de conflictos. La Constitución Política del Perú reconoce la jurisdicción especial que se aplica en concordancia con los derechos fundamentales. La Declaración de Huaraz, el III Congreso Internacional sobre Justicia Intercultural confirmó la importancia de las comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas como instituciones que imparten justicia en el mundo rural peruano, contribuyendo con la paz social y el mejor acceso a la justicia de aquella población. [1] También el Acuerdo Plenario N° 1-2009/CJ-116 del Poder Judicial reconoce las funciones jurisdiccionales de las Rondas dentro de su ámbito territorial. Las Rondas campesinas se encargan de atender numerosos conflictos de las comunidades como los delitos, faltas, temas de seguridad, la defensa del medio ambiente y también han sumado a su competencia la atención de casos de violencia familiar.

Para las comunidades y las Rondas de Tambobamba la violencia familiar es un hecho perjudicial que atenta contra la armonía familiar y comunal. Las rondas reconocen los efectos negativos de la violencia y por ello su interés en resolverla. Por ello participan de reuniones sobre el tema. En efecto, el 14 de abril de este año en Antapampa se realizó una reunión de las Rondas Campesinas del distrito de Haquira que fue organizada por el Presidente de la Rondas Campesinas Eloy Condori donde han participado cuatrocientos ronderos y ronderas de diversas comunidades como Huancasca, Patan, Cocha, Huanca Umuyto, San Juan de Llac-hua y Tambobamba. En esta reunión los/as ronderos/as han tratado temas diversos temas como el impacto de las actividades extractivas mineras sobre el medio ambiente pero también abordaron la problemática de la violencia familiar.

Respecto a las funciones de las Rondas Campesinas frente a los casos de violencia familiar, ellas se ocupan de los casos leves de violencia, es decir aquellos que constituyen faltas. Los casos graves, los que configuran delitos, son derivados a las autoridades competentes como la Policía y la Fiscalía, en este sentido es vital la coordinación entre la justicia comunal y los órganos de la administración de justicia formal. Las Rondas en la mayoría de los casos castigan al o los responsables de la violencia con sanciones comunitarias. En otras ocasiones “llaman la atención” y “advierten” con sanciones a los perpetradores para que no se repitan actos de violencia. Su labor es muchas veces apoyada por las promotoras de las comunidades de Tambobamba. Las promotoras son mujeres comprometidas con la atención y erradicación de la violencia familiar. El apoyo de las promotoras a las Rondas es importante porque viabilizan una apropiada atención de las víctimas.

Las Rondas aplican el derecho consuetudinario que no es único ni uniforme. Existen muchas formas de tratar y resolver los casos. Y puede en algunos casos no ser consonante con los derechos de las mujeres. Ello no sería extraño porque en casi todas las sociedades aún subsisten las estructuras de dominación masculina y la violencia hacia las mujeres ha sido tolerada y legitimada, sino porque aún muchas mujeres en las ciudades son asesinadas por parejas o ex parejas. Por ello es imprescindible examinar que norma se aplicará ante una situación de violencia, porque si se concibe la violencia de pareja como un problema natural y privado muchas actuaciones, acuerdos o conciliaciones podrían vulnerar derechos de las mujeres.

Aun existen muchas tareas para resolver las situaciones de violencia, está pendiente realizar alianzas con las Rondas Campesinas que son muy efectivas resolviendo conflictos en las comunidades donde estas se encuentren. Pero no olvidemos que subsisten comunidades dónde las mujeres que sufren violencia no tienen dónde acudir. En estos casos corresponde al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP señalar programas, estrategias, alianzas  que contemplen la atención de la violencia en las zonas rurales. Además por mandato del Decreto de Urgencia N°003-2012 de enero de este año se encarga al Programa Nacional contra la violencia familiar y sexual del MIMP diseñar la estrategia de atención de los Centros de Emergencia Mujer (CEMs) que no debe olvidar la existencia de zonas rurales.


[1]
Declaración de Huaraz

Abril 2012

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Urge atender la violencia política contra mujeres autoridades. Caso de Regidora Ruth Paz Coricasa de la Municipalidad provincial de Cotabambas, Apurímac


Por Jacqueline Valenzuela, Movimiento Manuela Ramos 

El día 18 de febrero del presente en la localidad de Tambobamba (capital de la provincia de Cotabambas), el señor Guido Ayerbe Quispe, Alcalde de la Provincia de Cotabambas, Apurímac, agredió física y verbalmente a la señora Ruth Paz Coricasa, Regidora de la mencionada municipalidad. El Alcalde propinó golpes a la Regidora, ocasionándole contusiones especialmente en el brazo izquierdo. Asimismo profirió insultos y agravios en contra de la señora Paz. La Regidora Paz Coricasa presentó una denuncia en la Comisaría de Tambobamba por el delito de lesiones. El 26 de febrero en una Sesión de Concejo, el Alcalde pidió disculpas por los hechos sucedidos a solicitud de un regidor de su organización.Sin embargo, el 11 de abril pasado, en Sesión de Concejo, el Alcalde amenazó nuevamente a la Regidora y además le señaló: “(…) yo como hombre voy a caer parado y tu como mujer vas a salir perdiendo (…)”.

Abundan casos en nuestro medio donde mujeres electas y que ocupan cargos públicos confrontan abusos y arbitrariedades de parte de autoridades hombres que aprovechando el cargo maltratan a funcionarias públicas. La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer «Convención Belém do Pará» que ha suscrito el Estado peruano, establece que “toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”. La Convención expresamente condena la violencia perpetrada por los funcionarios (inciso c, artículo 2).

Las situaciones de violencia que sufre la regidora no solo atentan contra la integridad física y psicológica de la funcionaria, sino también afectan su derecho a la participación política. Su labor como autoridad se ve alterada por las continuas amenazas y abusos en su contra. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y la Recomendación General Nº 23 de la CEDAW, sobre la vida política y pública establecen que los Estados deben tomar medidas apropiadas para garantizar a las mujeres el derecho a ocupar cargos públicos. Es por ello que el Estado peruano tiene que tomar lagunas medidas para proteger los derechos de éstas mujeres.

Esta forma de violencia no es casual, está dirigida mayoritariamente a las mujeres. En la mayoría de los casos los hombres arremeten en contra de las mujeres autoridades porque las pautas culturales y las costumbres legitiman la violencia hacia las mujeres y son ellas quienes son más agredidas por el solo hecho de ser mujeres. Además no se trata de la violencia ejercida a determinada persona sino que la violencia se reproduce en muchas situaciones y por ello regidoras y consejeras que en el país sufren agresiones constantes.

Los hombres en estos casos suelen difamar a las mujeres. Se escudan en actos y pretensiones machistas. La frase “el hombre es hombre siempre sale bien parado”significa que los hombres siempre quedan bien hagan lo que hagan.A diferencia de las mujereslos hombres tienen mejores posibilidades de quedar bien ante cualquier circunstancia. Es mucho más fácil a difamar y mentir sobre la vida de las mujeres que hacerlo sobre los hombres. A la sociedad poco le importa la vida privada de un hombrey algún escándalo privado poco lastima o mella su carrera política oprofesión. Es distinto en una mujer. Una mujer tiene prohibido el escándalo ysu vida privada siempre está en cuestión y se examinacon sumo cuidado. La sociedad todavía examinay juzga de manera diferente a las mujeres y a los hombres. Es muy fácil atacar a las mujeres porque se sabe que la sociedad es mucho más prejuiciosa al juzgarlas. Los hombres especialmente los políticos saben esto y lo usan en contra de sus rivales políticas.

En nuestro sistema jurídico existen vacíos para sancionar actos de violencia y hostigamiento entre autoridades públicas. No existe un delito o figura que sancione estos actos de violencia si constituyen faltas. Bolivia ha dado un paso adelante para enfrentar esta forma de violencia. El Congreso de Diputados acaba de aprobar el Proyecto de ley Nº 026/2012-2013 Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, que tiene por objeto establecer mecanismos de prevención, atención y sanción contra actos de violencia que afecten a las mujeres en ejercicio de funciones político–públicas. Así señala: “quien cometiera actos de presión, persecución, hostigamiento y amenazas en contra de una mujer, o de sus familiares, durante o después del proceso electoral, designada o en el ejercicio de sus funciones político-públicas, que impida su derecho político, será sancionado con una pena privativa de libertad de dos a cinco años”. El proyecto ha sido remitido a la Cámara de Senadores para su aprobación.

Sobre el caso el Movimiento Manuela Ramos ha presentado una queja ante la Defensoría del Pueblo para que en ejercicio de sus funciones brinde la atención y seguimiento;y, tutele los derechos de la Regidora; además se le ha solicitado formular Recomendaciones al Congreso para corregir los vacíos que existen en la legislación y se adopten leyes que sancionen actos de violencia y hostigamiento cometidos en contra de las mujeres autoridades.

Lima, 25 de abril de 2012

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Reunión con promotoras en Haquira


El 17 de abril se llevó a cabo la Reunión con Promotoras Comunitarias en el distrito de Haquira.

La actividad tuvo como objetivo recoger  la experiencia de vigilancia en el tema de violencia familiar, desarrolladas por las promotoras.

Logros obtenidos:

a)    13 promotoras comunitarias y 02 comunicadoras son  fortalecidas   en sus capacidades para continuar con la vigilancia en  casos de violencia familiar, y exigir el buen trato a  las instituciones,  autoridades locales y  comunales.

b)    Socializan sus experiencias vividas   en  sus comunidades y la visita  a las instituciones en el tema de violencia.

c)    Se organizan y envían una carta al alcalde para exigir mejor atención en la DEMUNA.

La actividad se realizó  en el marco del Proyecto: “Cotabambas- Apurímac- Perú: respuesta comunitaria desde las mujeres por sus derechos y contra la violencia”, ejecutado por el Movimiento Manuela Ramos en alianza con el CADEP José María Arguedas (Cusco) y auspiciado por el Fondo Ítalo Peruano.

Abril 2012

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Marcha nacional de afectados por la violencia política llega a Lima exigiendo la derogación del D. S. N° 051-2011-PCM que suspende el Registro Único de Víctimas


El día de hoy 17 de abril llegan a la Lima en una marcha nacional de sacrificio las organizaciones de afectados de la violencia política reclamando la derogación del Decreto Supremo N° 051-2011-PCM. La marcha se ha iniciado en diferentes regiones del país hacia la ciudad de Lima. Ha sido convocada por la Coordinadora Nacional de Afectados por la Violencia Política del Perú (CONAVIP) y la Asociación de Viudas Madres y Sobrevivientes de miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional (AVISFAIP).

El Decreto Supremo0512011–PCM que continúa vigente contiene disposiciones que afectan los derechos de las víctimas de violencia política y los principios establecidos en la Ley Nº 28592 y su Reglamento.[1] En efecto, el decreto fijó el 31 de diciembre del año 2011 como plazo final para inscribirse en el Registro Único de Víctimas (RUV). Las personas inscritas hasta esa fecha serán las únicas que tengan acceso a las reparaciones, esta disposición contraviene lo dispuesto en la Ley N° 28592, Ley que aprueba el Plan Integral de Reparaciones (PIR) y su Reglamento (Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS) que disponen que la naturaleza del Registro es permanente. Asimismo, no considera que existen muchas víctimas, especialmente las que habitan en zonas rurales que no han podido aun ser registradas. Desde el año 2010 el Movimiento Manuela Ramos y el Gobierno Regional de Apurímac han desarrollado conjuntamente el Registro Itinerante para la Inscripción en el Registro Único de Víctimas, en varios distritos de la Provincia de Tambobamba donde existen muchas víctimas, especialmente las mujeres, que no han podido acceder al Registro debido a que se encuentran en zonas muy alejadas de las ciudades, no cuentan con recursos suficientes para trasladarse y realizar los trámites.

El Decreto también señala que el monto de reparación por desaparición forzada, muerte, discapacidad y violación sexual es de 10,000 nuevos soles. La cifra de la reparación es arbitraria, ha sido establecida sin ningún criterio técnico y de manera unilateral por el gobierno anterior, desconociendo los múltiples esfuerzos realizados al respecto, por las organizaciones de víctimas y sobre todo, sin recoger la opinión de los afectados. De otro lado, el monto es ínfimo y contrario a los estándares internacionales que sobre reparaciones han establecido diferentes organismos supranacionales. Además solo da acceso a las reparaciones a las personas a partir de los 65 años de edad.

A pesar de los reiterados pronunciamientos públicos que solicitaron su derogación como la Defensoría del Pueblo constantemente ha señalado la pertinencia de una modificación de la cuestionada norma. Muchas organizaciones de la sociedad civil y las asociaciones de afectados por la violencia política han advertido sobre los problemas de esta norma y la afectación de los derechos de las víctimas.[2] En efecto, en la Región de Apurímac, la Comisión Multisectorial Consultiva y de Monitoreo del Tratamiento de las Secuelas de la Violencia Política y de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (en adelante CMR) también se ha pronunciado sobre este tema. En diciembre ha enviado una carta pública al Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, instándolo a la derogación de esta norma, y se le recuerda su promesa electoral de cumplir con las reparaciones de las víctimas de violencia política.

En el mes de julio del 2011 Manuela Ramos ha remitido una carta al Presidente del Consejo de Ministros solicitándole la modificación de la norma y se ha realizado peticiones formales al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial, a la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones de Alto Nivel, a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos y a la  Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza reforzando la incidencia para derogar/modificar el Decreto Supremo Nº 051-2011-PCM.

Desde la mañana del día de hoy las organizaciones estarán concentradas en el Campo de Marte de Jesús María y esperan que las autoridades dialoguen con ellas y establezcan medidas definitivas para derogar el decreto en cuestión. Cabe indicar que en noviembre la Comisión Multisectorial de Alto Nivel del Consejo de Reparaciones aprobó la modificación del Decreto, pero la Presidencia del Consejo de Ministros aun no emite la resolución derogatoria.


[2] Comunicado emitido el 21 de junio de 2011

Lima, 17 de abril de 2012

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Charlas informativas y de sensibilización sobre violencia familiar en Tambulla


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El 14 de abril se realizó la Charlas informativas y de sensibilización sobre violencia familiar en el Centro Poblado de Tambulla, distrito de Challhuahuacho. Con el objetivo de fomentar en los varones el análisis y reflexión sobre los efectos de la violencia hacia las mujeres, la familia, la sociedad y motivar el uso de estrategias para manejar conductas no violentas.

La actividad fue coordinado con la Comisaría y el Gobernador de Challhuacho. Participaron en la Charla 32 varones y 15 mujeres, además asistieron la Junta Directiva y el vicepresidente de la Comunidad.

La actividad se realizó  en el marco del Proyecto: “Cotabambas- Apurímac- Perú: respuesta comunitaria desde las mujeres por sus derechos y contra la violencia”, ejecutado por el Movimiento Manuela Ramos en alianza con el CADEP José María Arguedas (Cusco) y auspiciado por el Fondo Ítalo Peruano.

Abril 2012

 

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Charlas informativas y de sensibilización sobre violencia intrafamiliar en Institución Educativa de Occaccahua


El pasado 13 de abril se realizó la Charla informativa y de sensibilización sobre violencia intrafamiliar, dirigido a estudiantes y docentes; en marco del Proyecto: “Cotabambas- Apurímac- Perú: respuesta comunitaria desde las mujeres por sus derechos y contra la violencia”, auspiciado por el Fondo Ítalo Peruano.

La actividad se llevó a cabo en la Institución Educativa Secundaria de la comunidad de Occaccahua, distrito de Tambobamba.

La actividad fue coordinada con un docente de la Institución Educativa. Participaron 8 mujeres y 25 varones, permitiendo ampliar los conocimientos sobre violencia familiar y analizar la problemática individual y comunal de los/as estudiantes del nivel secundario.

Abril 2012

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Se publicó el Reglamento de la “Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios” Ley N° 29785: Decreto Supremo N° 001-2012-MC


El 3 de abril fue publicado en el diario oficial El Peruano el D.S. Nº 001-2012-MC por el que se reglamenta la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (0IT).

La obligación de consultar a los pueblos indígenas deriva del Convenio 169º de la OIT y constituye una responsabilidad del Estado peruano y se realiza con el fin de garantizar sus derechos colectivos. La consulta tiene como objetivo llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento de los pueblos indígenas sobre las medidas administrativas o legislativas propuestas. No obstante, se señala también que sino se alcanza  el acuerdo, no implica la afectación del derecho a la consulta. Los titulares de la consulta son los pueblos indígenas del ámbito geográfico en el cual se ejecutará la medida o sean afectados directamente por ella.

El Reglamento se aplicará a las medidas administrativas que dicte el Poder Ejecutivo a través de las distintas entidades y también a las medidas administrativas que aprueben los planes, programas y proyectos de desarrollo  que afecten a los pueblos indígenas. Según la norma señala que se debe consultar a aquellos pueblos indígenas cuyos derechos colectivos pueden verse afectados de forma directa por una medida legislativa o administrativa; y  los que se hallan dentro del ámbito geográfico donde se ejecutaría dicha medida. La consulta se realizará a través de sus organizaciones representativas. Para ello, es necesario que los pueblos nombren a sus representantes según sus usos, costumbres y normas propias.

La norma considera que el proceso de consulta se preste especial interés a la situación de las mujeres, niños/as, personas con discapacidad y los adultos/as mayores y que se garantice la participación de las mujeres, en particular en las funciones de representación.

Se establece también que si el proceso de consulta finaliza con un acuerdo total o parcial entre el Estado y el  o los pueblos indígenas, este acuerdo es de carácter obligatorio, vinculante. En caso no se alcanzara un acuerdo, la entidad tiene facultad para dictar la medida objeto de la consulta, adoptando todas las medidas para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas así como los derechos a la vida, integridad y pleno desarrollo.

El Reglamento señala en 120 días calendario como plazo para realizar las etapas de publicidad, información, evaluación interna y diálogo.

El Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura es la entidad estatal encargada de implementar el derecho a la consulta y entre otras funciones, elabora, consolida y actualiza la Base de Datos Oficial sobre los pueblos indígenas y lleva el registro de sus respectivas organizaciones; lleva el registro del resultado de las consultas realizadas y brinda asesoría a la entidad responsable de ejecutar la consulta.

Ver texto completo del Reglamento.

Lima, 04 de abril de 2012

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